P. ¿Cómo puedo obtener protección de derechos de autor para mi obra de arte?
R. El derecho de autor era tan importante para los fundadores de esta nación que la Constitución contiene una disposición que permite al Congreso promulgar una ley de derecho de autor. El Primer Congreso lo hizo, y los derechos de autor han sido parte de las leyes de este país desde entonces. La mayoría de los artistas creen que tienen algún conocimiento de las leyes de copyright aplicadas al arte. Sin embargo, de vez en cuando, las leyes han sido revisadas y actualizadas para reflejar la nueva tecnología, y la información que se transmite de persona a persona a menudo es inexacta.
La ley vigente a la fecha de este escrito es la Ley de Revisión de Derechos de Autor de 1976, que entró en vigencia el 1 de enero de 1978. Desde entonces, ha habido una serie de enmiendas y revisiones. El estatuto actual de derechos de autor es bastante fácil de usar, y el Congreso ha relajado muchos de los requisitos formales que formaban parte de los estatutos anteriores. Según la ley actual, todo lo que necesita para un copyright es un trabajo original, que implique un grado mínimo de creatividad, incorporado en algún medio tangible de expresión. Los requisitos parecen simples, pero pueden malinterpretarse. Dado que la ley exige que el trabajo esté en una forma tangible para que esté protegido por derechos de autor, no puede proteger meras ideas que no se han implementado. Las palabras, los símbolos y los logotipos utilizados para identificar productos o servicios se pueden proteger según las leyes de marcas registradas, no según la ley de derechos de autor.
En términos generales, la protección de los derechos de autor se extiende al trabajo creativo, como arte, música, literatura y software de computadora. El trabajo creativo incluye pinturas, dibujos, bocetos, fotografías, collages y esculturas. El trabajo protegido no necesita ser único. Es decir, si dos artistas, por coincidencia, crean obras que son prácticamente idénticas entre sí sin copiar, cada uno tendrá derecho a la protección de los derechos de autor si se cumplen los otros requisitos del estatuto. Esto es cierto a pesar de que las obras pueden ser sustancialmente similares entre sí.
La ley no requiere que use un aviso de derechos de autor, pero es una buena idea hacerlo, ya que el estatuto establece que cualquier persona que copie el trabajo protegido de otra persona, creyendo de buena fe que el trabajo no está protegido por derechos de autor, es inocente. infractor Los infractores inocentes pueden no ser considerados responsables por daños e incluso se les puede permitir continuar copiando, a pesar de que el trabajo está técnicamente protegido por derechos de autor. Para vencer la defensa de una infracción inocente, debe colocar el aviso de copyright correspondiente en el trabajo protegido. El aviso es simple; es la palabra "copyright", su abreviatura "copyr." o el símbolo internacional "©", más el nombre del propietario de los derechos de autor y el año en que la obra se publicó o exhibió por primera vez.
Por ley, se otorgan derechos exclusivos al propietario de los derechos de autor, lo que significa que nadie más puede ejercer legalmente o usar esos derechos sin permiso, aunque existen algunas excepciones de política pública a esta regla, como, por ejemplo, el uso espontáneo de un copyright. trabajo de un maestro en una institución educativa sin fines de lucro. Lamentablemente, el equilibrio de los derechos entre el propietario de los derechos de autor y otras personas genera una gran confusión. La ley de derechos de autor impide que otros hagan una copia sustancial de una obra protegida, ya sea que vendan su arte, participen en concursos o perfeccionen sus técnicas, pero no existe una definición precisa de copia sustancial. Los casos han sostenido que crear una obra tridimensional a partir de un dibujo bidimensional es una infracción siempre que la copia tridimensional no autorizada sea sustancialmente similar al dibujo bidimensional.
El trabajo no autorizado no necesita ser una copia sustancial de todo el trabajo original para que haya una infracción. En un caso, el tribunal sostuvo que se comprobó una infracción cuando una parte de un patrón repetitivo se copió sin permiso. Incluso tomar una pieza de una obra protegida y usarla como parte de un collage se considera una infracción.
Si bien la ley establece que nadie puede hacer una copia sustancial del trabajo protegido de otro, la aplicación de esta simple regla es difícil. Si desea utilizar las obras creativas de otros por mera inspiración, ciertamente puede hacerlo, pero el uso no puede ir más allá de eso. Hay declaraciones en el sentido de que cambiar una obra en un 10 por ciento, 20 por ciento o algún otro porcentaje especificado evitará la violación de la ley de derechos de autor. Esto no es cierto ya que no hay casos o estatutos que proporcionen ningún porcentaje que pueda considerarse seguro; más bien, como se señaló anteriormente, la ley utiliza la prueba de similitud sustancial.
En cuanto al significado de esta prueba, uno de los principales juristas de derechos de autor en los Estados Unidos, el juez Learned Hand, declaró que, en su opinión, si se compara el trabajo original protegido con el trabajo presuntamente infractor y la comparación revela que los trabajos son sustancialmente similar, entonces hay una infracción. Esta es una prueba muy subjetiva, y los artistas que copian las obras de otros corren un gran riesgo de que un juez pueda concluir que la línea entre la inspiración y la copia se ha cruzado. Por lo tanto, tenga mucho cuidado al usar los trabajos de otros para ideas. En caso de duda, debe consultar con un abogado experimentado en derechos de autor.
¿Qué pasa con el dominio público? Las leyes de derechos de autor estipulan que el Congreso otorgará a una persona creativa protección de derechos de autor por un período limitado, y al final de ese tiempo, el trabajo pasará a formar parte del dominio público y podrá copiarse libremente. Por lo tanto, siempre es importante cuando copias trabajos de otros para determinar si esos trabajos aún están protegidos.
El período de protección para las obras con derechos de autor creadas a partir del 1 de enero de 1978 es la vida de la persona creativa más 70 años si la obra fue creada por un ser humano identificado. Las obras creadas anónimamente, bajo un seudónimo o para una entidad comercial, están protegidas por un período menor de 120 años desde la creación o 95 años desde la primera publicación. Los derechos de autor anteriores al 1 de enero de 1978 generalmente tienen un período de protección de 95 años, aunque debe consultar a un abogado de arte si necesita calcular la fecha de vencimiento precisa de dicho trabajo. Si una obra ya no está protegida, entonces está en el dominio público y no está prohibido copiarla.
Como puede ver, la ley de derechos de autor de los Estados Unidos brinda a las personas creativas como usted la capacidad de controlar la reproducción de su trabajo y obtener beneficios económicos de su creatividad, al tiempo que permite medidas punitivas contra las personas que obtienen más que inspiración de los trabajos de otros. Es importante tener en cuenta que incluso la copia subliminal o no intencional se ha considerado procesable. Por lo tanto, es esencial que comprenda las leyes de derechos de autor y evite violarlas. En caso de duda, debe consultar con un experto que pueda ayudarlo a evitar responsabilidades.
Nota: las leyes de copyright están sujetas a cambios. Este artículo se publicó originalmente en la edición de marzo de 2007 de The Artist's Magazine y refleja las leyes vigentes en el momento en que se escribió el artículo.